Beneficios fiscales
Para personas físicas residentes en España
Las donaciones efectuadas a entidades acogidas a la Ley 49/2002 –como FERO- podrán deducirse de su cuota íntegra de su declaración del IRPF, siempre que su importe no supere el 10% de la base liquidable, el resultado de aplicar al conjunto de donativos la siguiente escala:
1) Hasta 150 € el porcentaje de deducción es del 80%.
2) Resto el porcentaje de deducción es del 35%
Ahora bien si en los dos ejercicios inmediatos anteriores se hubieran realizado donaciones a FERO por importe igual o superior en cada uno de ellos el porcentaje de deducción a aplicar sobre el donativo que exceda de 150 € será del 40%.
Para disfrutar de las anteriores deducciones, FERO expedirá el pertinente certificado. Para emitir dicho certificado es imprescindible que nos facilite el NIF y demás datos personales (nombre y domicilio) actualizados.
Para empresas residentes en España
Con carácter general, los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades que realicen un donativo a FERO, al estar ésta acogida a la Ley 49/2002, tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra el 35 por 100 de la base de la deducción del donativo o donación realizada.
La base de esta deducción no podrá exceder del 10 por 100 de la base imponible del período impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos.
Este porcentaje del 35% puede subir al 40% si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del período impositivo anterior.
Para disfrutar de las anteriores deducciones FERO expedirá el certificado en que constará la donación a fin de que se incluya en la autoliquidación del Impuesto de Sociedades. Para emitir ese certificado es imprescindible que nos facilite el CIF y demás datos actualizados de la Compañía.
Obtener certificado fiscal
En el caso de que usted desee recibir el certificado fiscal es necesario que cumplimente sus datos en el formulario de Petición correspondiente y que nos remita copia del comprobante de la transferencia por e-mail a través del mismo formulario.